Los argumentos
centrales de la sentencia
En un fallo con
profundas implicancias políticas, la Corte Suprema declaró ayer la constitucionalidad de toda la ley de
medios audiovisuales, una norma sancionada por el Congreso en 2009, que en el caso del Grupo Clarín había
sido frenada por una presentación judicial.
Apenas
48 horas después de la peor derrota que haya vivido el kirchnerismo en las
urnas, el máximo tribunal, que preside Ricardo Lorenzetti, dictó una de las
sentencias de más alto impacto en la historia argentina y le brindó al Gobierno
un éxito político y judicial categórico.
Los ministros Lorenzetti, Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni y
Elena Highton dijeron que la ley es constitucional en todos sus tramos y que debe ser
inmediatamente aplicable. Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda votaron con una
disidencia parcial por considerar que la ley no es aplicable en este caso. Y
Carlos Fayt dijo que toda la ley es inconstitucional. Estos tres últimos
afirmaron que la norma viola el derecho de propiedad del multimedios sobre sus
licencias y la libertad de prensa.
Sin
embargo, este fallo, que sorprende por la dureza con la que rechaza todos los
planteos del Grupo Clarín, no es el punto final del largo conflicto entre el
Gobierno y el multimedios.
En
efecto, a partir de ahora, como lo reconoce expresamente la propia Corte -que
dispuso expresamente que el plazo de adecuación de un año ya está vencido-, la
discusión pasará por la forma en la que se llevará a cabo el proceso de
desinversión de las licencias de TV, radio y cable del Grupo Clarín. Y esto
podría generar una infinidad de nuevos litigios, que podrían tardar más tiempo.
Mientras
la empresa estudia distintas alternativas, que incluyen presentar un plan de
adecuación y recurrir, también, a los tribunales internacionales, el titular de
la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín
Sabbatella, dijo que "los plazos ya están vencidos" y que "la
Corte ratificó todo lo que planteábamos, por lo que vamos a continuar con todos
los mecanismos necesarios para que el Grupo Clarín cumpla la ley".
Dirigentes
de la oposición criticaron el fallo y la diputada Elisa Carrió, que cuestionó
que el tribunal haya sido permeable a las presiones que ejerció el Gobierno,
anunció que denunciará penalmente a Lorenzetti y que pedirá su juicio político.
Entre
los argumentos del fallo dictado ayer se destacan los que marcan que:
-Los
medios de comunicación "tienen un rol relevante" en la opinión
pública, por lo cual el Estado tiene un interés incuestionable en regularlos.
-El
Congreso puede optar por dejar a los medios librados al funcionamiento del
mercado o, por el contrario, puede dictar una ley "que establezca las
pautas que considera más adecuadas para asegurar el debate público".
-Para
la mayoría del tribunal, el Grupo Clarín no puede invocar que tiene un derecho
adquirido a explotar sus licencias de radio, TV y cable hasta el final del
período de explotación, y la ley debe aplicarse en forma inmediata. Y si el
multimedios se siente perjudicado, lo que debe hacer es reclamar, tan sólo, una
indemnización por daños y perjuicios.
-La
Corte acepta como válidas todas las restricciones de la ley, entre las que
figuran que la empresa, en una misma ciudad, no pueda explotar el servicio de
cable y un canal abierto de TV; poseer más de diez licencias en todo el país, y
que el cable no pueda llegar a más del 35 por ciento de abonados.
-El
interés de la comunidad está por encima del interés privado.
-Para
la Corte, lo importante es ver cómo la Afsca intenta aplicar la ley en forma
concreta y si el Grupo Clarín se siente perjudicado, deberá litigar nuevamente.
Tres
jueces -Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt-, los más moderados y
liberales de la Corte, tuvieron argumentos distintos de los de la mayoría.
Argibay
y Maqueda, en una disidencia parcial, llegaron a conclusiones absolutamente
contrarias a las de sus cuatro colegas y, junto con Carlos Fayt, estuvieron
dispuestos a proteger la libertad de expresión y el derecho del Grupo Clarín a
la propiedad sobre sus licencias.
"Existe
un derecho digno de protección jurídica del Grupo Clarín, que a partir de la expresa
conformidad del Estado realizó inversiones económicas y desarrolló un proyecto
periodístico con la legítima confianza de que sus licencias se mantendrán hasta
su vencimiento", dijo Maqueda.
"El
Estado debe respetar los plazos de duración de las licencias", porque
interrumpirlas significa dar paso a "presiones indebidas en la línea
editorial de los medios", dijo Argibay.
"Estimo
que el cese compulsivo de licencias que está en la base del artículo 161 -que
la mayoría declararon válido- es una grave restricción a los derechos del Grupo
Clarín y al ejercicio de la libertad de expresión que ejerce en el marco de
esas licencias", agregó la jueza, que recordó el clima de confrontación
que rodeó la sanción de la ley. Zaffaroni, en cambio, opinó que "es uno de
los fallos más trascendentes de esta Corte", y admitió que el fallo lo
podrían haber sacado antes, pero que prefirieron hacerlo después de las
elecciones para no interferir políticamente.
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