Majestuoso testimonio de un poder agostado

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miércoles, 20 de noviembre de 2013

El Gobierno no aceptará cambios en el Código Civil




Alak fue al Congreso y cerró toda posibilidad de reformas sobre la responsabilidad civil del Estado.


Por Laura Serra  | LA NACION


Alak argumentó contra la "industria del juicio". Foto: Télam 
  

El proyecto de ley de reforma y modificación del Código Civil y Comercial ingresó ayer en un punto muerto en el Congreso. El oficialismo, con el ministro de Justicia, Julio Alak, a la cabeza, confirmó que se mantendrá excluida del articulado la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios ante un acto que perjudique a un tercero. La oposición rechazó esta postura.

El desenlace de esta historia no se presenta demasiado auspicioso para el kirchnerismo. Pese a ejercer la mayoría en ambas cámaras para imponer su criterio, no es una ley cualquiera: se trata, nada menos, que del Código Civil y Comercial, un proyecto que prohijó la presidenta Cristina Kirchnercomo un gran proyecto propio, que el oficialismo aspiraba a convertirla en ley en un marco de gran consenso político. Un nuevo texto sancionado únicamente con el voto del oficialismo y de sus aliados sería un triunfo pírrico para el Gobierno, una realidad que el kirchnerismo admite.

A lo largo de la jornada hubo frenéticos intentos del oficialismo y de la UCR para intentar acercar posiciones, que no tuvieron éxito. Al caer la noche, el oficialismo dio el primer paso y, en la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara baja, emitió dictamen del proyecto que cristaliza la posición de la Casa Rosada: la responsabilidad del Estado y de los funcionarios debe resolverse en el fuero administrativo, no en el civil, que es un reclamo medular de la oposición.
Esta iniciativa, que va en una línea paralela al nuevo Código Civil y Comercial, se aprobaría el miércoles próximo en el recinto con la mayoría oficialista. Ese mismo día se trataría, pero en el Senado, el texto con los más de 2700 artículos que reúne el nuevo Código.
Alak fue directo al grano al defender la iniciativa oficialista, ante la Comisión Bicameral: insistió en que sería un "error grave" incluir la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios dentro del Código Civil, pues, de esta manera, se abriría una puerta "a juicios multimillonarios impulsados por los grandes estudios económicos contra el Estado, para que no sólo se pague el daño emergente sino también el lucro cesante. Detrás de nobles ideales, siempre está la mano oculta del poder económico", advirtió.
Alak señaló, además, que la postura de la oposición "vulnera las autonomías provinciales y agravia al federalismo", ya que no podrían aplicar en sus territorios su propia legislación. "Aquí no hay peligro de irresponsabilidad del Estado' porque vamos a tener ley, vamos a llenar un vacío normativo porque hoy sólo hay jurisprudencia", dijo.
La UCR insistió en que la responsabilidad estatal debe ser civil, pero propuso una alternativa: incluir esta premisa general en el nuevo Código y que, a través de una ley especial, quede regulado por vía administrativa.
"El Código Civil actual tiene normas de derecho público y de derecho privado. Esto es así porque se entendió que debe haber normas homogéneas en toda la República. Ése es el derecho común", fundamentó Ricardo Gil Lavedra. Su colega Juan Pedro Tunessi, al igual que Pablo Tonelli (Pro), recordaron que la inclusión de la responsabilidad del Estado dentro del nuevo Código fue propuesta por la propia Corte Suprema, pero que luego fue suprimido por el Gobierno. "Tengo la sensación desagradable de que ésta es una ley de impunidad que no va a defender al ciudadano de a pie, sino a los funcionarios", dijo.
Graciela Camaño, del Frente Renovador, apuntó directo al nudo del problema: "Ustedes (refiriéndose a Alak) parten de la lógica de que el Estado no se puede defender (de la industria del juicio). Pero en la volteada, con esta ley, perjudican al ciudadano común".
Pese a todas las advertencias y reclamos, el oficialismo realizó algunos retoques al proyecto sobre la responsabilidad del Estado, aunque sin alterar su espíritu. En este sentido, se confirmó que la sanción pecuniaria es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios; que para demandar al Estado por alguna actividad ilegítima hay que acreditar fehacientemente el daño y que en ningún caso se debe reparar el lucro cesante.
Lo que se modificó es el plazo para demandar al Estado en los casos de responsabilidad extracontractual: será de tres años (en la iniciativa original eran dos). Asimismo, se eliminó el dolo como causa de demanda a un funcionario público por el ejercicio irregular de sus funciones.. 

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