Alak fue al Congreso y cerró toda posibilidad de
reformas sobre la responsabilidad civil del Estado.
Alak argumentó contra la "industria del juicio". Foto: Télam
El proyecto
de ley de reforma y modificación del Código Civil y Comercial ingresó ayer en
un punto muerto en el Congreso. El oficialismo, con el ministro de
Justicia, Julio
Alak, a la cabeza, confirmó que se mantendrá excluida del articulado
la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios ante un acto que perjudique
a un tercero. La oposición rechazó esta
postura.
El desenlace
de esta historia no se presenta demasiado auspicioso para el kirchnerismo. Pese
a ejercer la mayoría en ambas cámaras para imponer su criterio, no es una ley
cualquiera: se trata, nada menos, que del Código Civil y Comercial, un proyecto
que prohijó la presidenta Cristina
Kirchnercomo un gran proyecto propio, que el oficialismo aspiraba a
convertirla en ley en un marco de gran consenso político. Un nuevo texto sancionado únicamente con
el voto del oficialismo y de sus aliados sería un triunfo pírrico para el
Gobierno, una realidad que el kirchnerismo admite.
A lo largo de la jornada hubo frenéticos intentos
del oficialismo y de la UCR para intentar acercar posiciones, que no tuvieron
éxito. Al caer la noche, el oficialismo dio el primer paso y, en la Comisión de
Asuntos Constitucionales de la Cámara baja, emitió dictamen del proyecto que
cristaliza la posición de la Casa Rosada: la responsabilidad del Estado y de
los funcionarios debe resolverse en el fuero administrativo, no en el civil,
que es un reclamo medular de la oposición.
Esta iniciativa, que va en una línea paralela al
nuevo Código Civil y Comercial, se aprobaría el miércoles próximo en el recinto
con la mayoría oficialista. Ese mismo día se trataría, pero en el Senado, el
texto con los más de 2700 artículos que reúne el nuevo Código.
Alak fue directo al grano al defender la iniciativa
oficialista, ante la Comisión Bicameral: insistió en que sería un "error
grave" incluir la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios dentro
del Código Civil, pues, de esta manera, se abriría una puerta "a juicios
multimillonarios impulsados por los grandes estudios económicos contra el
Estado, para que no sólo se pague el daño emergente sino también el lucro
cesante. Detrás de nobles ideales, siempre está la mano oculta del poder
económico", advirtió.
Alak señaló, además, que la postura de la oposición
"vulnera las autonomías provinciales y agravia al federalismo", ya
que no podrían aplicar en sus territorios su propia legislación. "Aquí no
hay peligro de irresponsabilidad del Estado' porque vamos a tener ley, vamos a
llenar un vacío normativo porque hoy sólo hay jurisprudencia", dijo.
La UCR insistió en que la responsabilidad estatal
debe ser civil, pero propuso una alternativa: incluir esta premisa general en
el nuevo Código y que, a través de una ley especial, quede regulado por vía
administrativa.
"El Código Civil actual tiene normas de
derecho público y de derecho privado. Esto es así porque se entendió que debe
haber normas homogéneas en toda la República. Ése es el derecho común",
fundamentó Ricardo Gil Lavedra. Su colega Juan Pedro Tunessi, al igual que
Pablo Tonelli (Pro), recordaron que la inclusión de la responsabilidad del
Estado dentro del nuevo Código fue propuesta por la propia Corte Suprema, pero
que luego fue suprimido por el Gobierno. "Tengo la sensación desagradable
de que ésta es una ley de impunidad que no va a defender al ciudadano de a pie,
sino a los funcionarios", dijo.
Graciela Camaño, del Frente Renovador, apuntó
directo al nudo del problema: "Ustedes (refiriéndose a Alak) parten de la
lógica de que el Estado no se puede defender (de la industria del juicio). Pero
en la volteada, con esta ley, perjudican al ciudadano común".
Pese a todas las advertencias y reclamos, el
oficialismo realizó algunos retoques al proyecto sobre la responsabilidad del
Estado, aunque sin alterar su espíritu. En este sentido, se confirmó que la
sanción pecuniaria es improcedente contra el Estado, sus agentes y
funcionarios; que para demandar al Estado por alguna actividad ilegítima hay
que acreditar fehacientemente el daño y que en ningún caso se debe reparar el
lucro cesante.
Lo que se
modificó es el plazo para demandar al Estado en los casos de responsabilidad
extracontractual: será de tres años (en la iniciativa original eran dos).
Asimismo, se eliminó el dolo como causa de demanda a un funcionario público por
el ejercicio irregular de sus funciones..
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